RESOLUCIÓN Nº 84 PDF Imprimir

V I S T O:

                       La Nota Nº 480/2007 de fecha 25 de Junio de 2.007,remitida por el Intendente Municipal, elevando adjunto para estudio yconsideración el “Anteproyecto de Tratamiento Costero de la ciudad deEncarnación”, presentado por la EntidadBinacional Yacyreta por Nota Nº 54.181; como así mismo copiade la Resolución Nº399/2007 de la Intendencia Municipal“Por la cual se Otorga la no objeción y el parecer favorable del Anteproyectode Tratamiento Costero de la ciudad de Encarnación, con las modificacionessupramencionadas en el considerando de la presente Resolución”, y……..

 


CONSIDERANDO:

                      Que, en la Resolución Nº 399/07 se señala: El Anteproyecto de Tratamiento Costero de la ciudad de Encarnación remitido por la Entidad Binacional Yacyreta por Nota Nº 54.281, fue sometido al estudio y análisis de los funcionarios técnicos del centro de desarrollo urbano Municipal, de representantes de la E.B.Y . , de C consultores contratados por la misma, y de funcionarios técnicos de la Intendencia; quienes concluyeron que este Anteproyecto se ajusta ala resolución Municipal ; Nº 512/2006, por la cual se aprueba la nueva traza de Tratamiento Costero de ENCARNACION y la ordenanzas Municipal Nº . 493/2006 del Ordenamientos Urbano Territorial.------------------------------------------------

                      Que, asimismo se expresa, que el citado anteproyecto ya tiene incluido importantes modificaciones logradas por gestión de la intendencia, ampliándose fundamentalmente los tratamientos costeros absolutamente necesarios para la restitución de la trama urbana y la litigación  de los impacto ambientales negativo que pudiera afectar ala zona, y aumentándose ostensiblemente los equipos previbles, pero que aun se necesita  realizar determinadas incorporaciones y modificaciones, que a continuación se detallan:

·         El desagüe pluvial previsto en el anteproyecto queda supeditado a un estudio particular, de modo a contemplar otras obras necesaria para la cuidad en dicha materia, y que deberán ser incluidas en el proyecto Ejecutivo. Deberán incluirse un estudio en forma integral y no solamente en el sector estrictamente de afectación de embalse, por las consecuencias que esta generaran en otros sectores Rodríguez de Francia, arroyo mboi Tesa y otros.

·         Los diseños y cálculos de sistema de desagüe pluvial sanitarios y de redes de energías eléctricas, que son de responsabilidades del licitantes, serán aprobados por la municipalidad con la presentación del proyecto ejecutivos------------------

·         En lo que se refiere a los equipos e infractruturas previsto en el anteproyecto, se aclara que los mismo no son limitativos que la construcción de otras obras necesarias serán definidas posteriormente completando las previstas, pero sin afectar el tramites de aprobación del presente proyecto. Citamos entre ellos, mejoramiento y construcción de la Red Vial, construcción del Teatro Municipal.-------

·         La construcción del “Equipamiento Comunitario para espectáculos públicos” que forma parte del proyecto conforme a lo solicitado por la Intendencia, deberá incluirse en el cronograma de obras en los primeros meses.---

·         El “Circuito Turístico Histórico del tren” Contemplado en el anteproyecto, y que consiste en el rescate de la Estación del ferrocarril y locomotora “Carlos A. López” (rescate de elementos como plató de giro, ventanas, columnas, ladrillos y otros), y reconstrucción de manera a recrear lo que había sido la estación de ferrocarril.----

·         Dichos elementos serían utilizados en el edificio de museo a construirse y su posterior uso y funcionamiento como estación ferroviaria del circuito turístico, y a ser ubicado en el sector de la calle Mcal. López, Avda. Costanera y Avda. Dr. Rodríguez de Francia.---

·         Incluir la readecuación y la reconstrucción de la Avda. Francia, principalmente en el tramo comprendido entre las calles Tomás Romero Pereira y Avda. Caballero, con características unificadas conforme a las especificaciones a ser utilizadas en los otros tramos de dicha vía que será conectada a la Ruta 1 y a la Avda. Costanera. Deberá considerarse que actualmente la misma no está dimensionada para un trafico pesado y también fue afectado por las obras sanitarias construidas recientemente.----

·         Prever la unión de la calle A, con la Avda. Costanera, por ser una vía de conexión a la Avda. Irrazabal y colectora del barrio para su unión con la calle Piché Domínguez con la Avda. Costanera, por la importancia de accesibilidad y fluidez de transito al muelle.----

·         Ampliar el espacio propio del muelle en largo y ancho, previendo el gran trafico de vehículos particulares, públicos y de estacionamientos, así como también aglomeración de personas.---

·          Las especificaciones técnicas referentes a la red de energía eléctrica en la Costanera Norte y Sur, deberán adecuarse a la Nota N° 105/2007 de la Intendencia Municipal presentada a la EBY.-----

·           En el subsector Villa Cándida, ampliar el sector de afectación teniendo en cuenta la influencia del nivel freático que será generada por el Embalse, que actualmente ya se encuentra saturada, y que creará una condición sanitaria no recomendable para ocupaciones habitacionales.-

·         Deberá preverse la remoción efectiva y oportuna de la biomasa en ela ribera del río Paraná en general (sector Pacu Cúa, ex mangal, ex Gobernación, etc.).-

                      Que, por Resolución N° 512/2006, la Junta Municipal de Encarnación resolvió APROBAR en general el Proyecto de Traza del Tratamiento Costero de la ciudad de Encarnación, de acuerdo a la propuesta elevada por la Entidad BinacionalYacyreta con las modificaciones presentadas por la Intendencia Municipal N° 4533/2006 que se detallan precedentemente, y los planos adjuntos elaborados por el Equipo Tecnico de la Municipalidad de Encarnación.-

                      Que, girado para estudio de las Comisiones de legislación; de Obras Públicas y Servicios; y de Planificación Física y Urbanística, sus miembros han emitido los Dictámenes N° 24 “a” y N° 24 “b”.- El Dictamen N° 24 “b”/07 expresa cuanto sigue:

Que, los miembros de estas Comisiones, habiendo realizado el estudio del Anteproyecto de tratamiento Costero de la ciudad de Encarnación elevado por la Intendencia Municipal, y que fuera presentado por la Entidad Binacional Yacyreta por Nota N° 54.281, que incluyen los Planos y las Memorias Descriptivas; de la Resolución N° 399/2007 de la Intendencia Municipal “Por la cual se otorga la no objeción  al Anteproyecto de Tratamiento Costero de la ciudad de Encarnación, por ajustarse a la Resolución N° 512/2006 de la Junta Municipal, con las ampliaciones descriptas precedentemente”; como así mismo haber mantenido diversas reuniones con la Intendencia Municipal y los Directores de los Departamentos Técnicos de la Municipalidad; consideran que el referido Anteproyecto ha sido suficientemente estudiado en tiempo y forma, consideran viable la aprobación del referido Anteproyecto, agregando los siguientes puntos:

  • La Entidad Binacional Yacyreta deberá proceder a la elaboración de un estudio Hidrológico actualizado sobre el comportamiento de las aguas del arroyo Poti y, a fin de tomar las medidas necesarias para la protección de dicha zona, durante y después del proceso de terminación de obras del sector.—
  • Encomendar a la Entidad Binacional Yacyreta la elaboración de un estudio de factibilidad para la construcción de un tratamiento costero en la margen derecha del arroyo Quiteria.---
  • En cuanto a las obras viales, deberá elaborarse un Plan Vial en forma coordinada con la Municipalidad de Encarnación, a fin de hacer frente a la creación de nuevos núcleos habitacionales y comerciales en diversos sectores del Municipio.-
  • En todos los sectores donde está previsto terraplenados en el coronamiento de la defensa costera, se deberá prever un ancho mínimo que permita asegurarse en el futuro la utilización del mismo como calle costanera.-
  • Incluir en la Memoria Descriptiva en el Punto 6. sector “B” barrio la Esperanza y Quiteria, las consideraciones recomendadas por el Centro de Desarrollo Urbano Municipal, y de conformidad a los planos del anteproyecto presentado.-
  • Realizar estudio de cuencas en todos los arroyos que desembocan en los sub embalses para el manejo de los mismos y el uso del suelo apropiadamente.-
  • Aclarar que todas las incorporaciones, modificaciones y observaciones señaladas, no son limitativas, lo que significa que de surgir en el proceso de Terminación de Obras cuestiones previstas y no previstas, deberán adoptarse las medidas que a criterio de la Municipalidad de Encarnación, fueren necesarias para su correcta culminación.-

                      Que, la Plenaria de la Junta Municipal, luego de oír los Dictámenes de las Comisiones de referencia, por mayoría de 9 (nueve) votos a favor de sus miembros, aprobó el Dictamen N° 24 “B”/2007.-

POR TANTO:

LA JUNTA MUNCIPAL DE LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN, REUNIDA EN CONCEJO;

 

RESUELVE:

 

ART. 1°)       APROBAR EL ANTEPROYECTO DE TRATAMIENTO COSTERO DE LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN”, elevado por la Intendencia Municipal por Nota N° 480/2007, que fuera presentado por la Entidad Binacional Yacyreta por Nota N° 54.281/2007 conforme a los planos, planillas y especificaciones técnicas generales que forman parte del Anteproyecto, con las modificaciones e incorporaciones realizadas por el Intendente Municipal por Resolución Municipal N° 399/2007, y las observaciones señaladas por las Comisiones dictaminantes, que se trascriben en la presente resolución.-

ART. 2°)       ENCOMENDAR al Intendente Municipal, para que por medio de las Direcciones pertinentes de la Municipalidad de Encarnación, se realice la verificación de las Memorias Descriptivas, cuantificación de obras, detalles, especificaciones técnicas, cronograma de obras y los alcances del proyecto de obra a ser extendido por el Ejecutivo Municipal.-

ART. 3°)        ENCOMENDAR al Intendente Municipal, la conformación de un COMITÉ TECNICO para la supervisión general del desarrollo de las obras, con la posibilidad de efectuar modificaciones o ampliaciones que resulten necesarias para realizar la buena y completa terminación de obras., y para el cumplimiento efectivo de los objetos para los que fueron diseñadas.-

ART. 4°)       ESTABLECER que las obras que forman parte del Tratamiento Costero de toda la ciudad de Encarnación, deberá ir avanzando en forma simultanea con la avenida perimetral costanera, y sus respectivos equipamientos, dentro de su factibilidad técnico.-

ART. 5°)       ENCOMENDAR  a la Intendencia Municipal la coordinación integral con las Entidades Públicas y Privadas implicadas e involucradas con el desarrollo de las obras, de manera a minimizar los impactos negativos que sobre la población, pudiera ejercer y potenciar las ventajas que las mismas producirán sobre la misma.-

ART. 6°)       ESTABLECER que la INTENDENCIA MUNICIPAL, deberá remitir periódicamente a la Junta Municipal, un informe del avance de la sobras.—

ART. 7°)       COMUNICAR a la Intendencia Municipal, para los fines consiguientes.---

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ENCRANACIÓN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE.—

 

 

 

 

______________________                                      __________________________

Don Juan Luis Regis González                                 Lic. Walter Harms Céspedes

Secretario de la Junta Municipal                               Presidente d ela Junta Municipal

 

 

 

                                   PROMULGUESE LA PRESENTE RESOLUCION.-

                                   ENCARNACIÓN,  23 DE AGOSTO DE 2007.

 

 

 

 

________________________                                  ___________________________

María Elena González Fleitas                                    Abog. Juan Alberto Schmalko P.

    Secretaria Municipal                                                         Intendente Municipal

 

 

 

 
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