| Ordenanza Nº 18 |
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POR LA CUAL SE ESTABLECE EL RESCATE Y
CONSERVACIÓN DE EDIFICIOS, ELEMENTOS Y/O SITIOS ARQUEOLÓGICOS, ARQUITECTÓNICOS,
HISTÓRICOS Y OTROS CORRESPONDIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD DE
ENCARNACIÓN SITUADOS EN LA ZONA DE AFECTACIÓN. VISTO: La Nota N° 197/2.007 de fecha 12 de marzo de 2007, remitida por la Intendencia Municipal, elevando para estudio y consideración un Proyecto de Ordenanza “Por la cual se establece el Rescate y conservación de edificios, elementos y/o sitios arqueológicos, arquitectónicos, históricos y otros correspondientes al Patrimonio Cultural de la ciudad de Encarnación situados en zona de afectación por el embalse de Yacyretá. CONSIDERANDO:
Que, entre los antecedentes acompañados al Proyecto, se adjunta un trabajo
elaborado por el Centro para la
Preservación del Patrimonio Ambiental (C.P.P.A.), integrado por profesionales de Encarnación, y que fuera creado
ante la necesidad de salvaguardar el Patrimonio Histórico y la memoria Cultural
de la ciudad de Encarnación, debido al inminente cambio que sufrirá nuestra
ciudad a consecuencia de las obras a realizarse por parte de la Entidad
Binacional Yacyreta, practicando en su momento un inventario y relevamiento
para determinar los Edificios, Elementos y/o Sitios Arquitectónicos de interés
comunitario, ubicados dentro del Área de Afectación del Embalse de la Represa
Yacyreta.- Dicho trabajo ha consistido en lo siguiente:
INVENTARIO POR SECTORES
SECTOR A: “Edificios Públicos y
Administrativos
SECTOR B: “Comercial”
SECTOR C: “Residencial
SECTOR D: “Ferrocarril”
SECTOR E: “Equipamientos Básicos
SECTOR F: “Sitios”
LISTADO DE EDIFICIOS Y SITIOS SECTOR A: “EDIFICIOS
PUBLICOS Y ADMINISTRATIVOS”1.
Correo. (Ex Banco
Mercantil).- Cap. Molas e/ Mallorquín y Mcal. Estigarribia.2. Aduana.- Yegros y Mcal. Estigarribia.3. Impuestos Internos.- Cap. Molas y Mallorquín4. Ex Cooperativa del Sur.- Iturbe y Mcal.
Estigarribia5. Ex Juzgado de Paz.- Cap. Molas e/ Mallorquín y Mcal. Estigarribia6. Banco Nacional de Fomento.- Mcal. López y
Mallorquín7. Primer Edificio de Radio Encarnación - Gral. Gamarra y Artigas8. Primer Edificio de Usina de Luz de
Encarnación – Gral. Artigas c/ Iturbe9. Edificio de Electra (ANDE) Avda. Mcal. López. SECTOR B: “COMERCIAL”10. Edificio Squef.- Mcal. Estigarribia esq. Iturbe (Vaquería Magui)11. Galería Colonial (Rojas).- Cap. Molas y
Mcal. Estigarribia.12. Edificio Soloaga.- Mcal. López13. Casa Aníbal Bado.- Mcal. Estigarribia e Iturbe14. Casa Ramírez.- Cap. Molas esq. Mcal.
Estigarribia15. Edificio Amambay.- Mcal. Estigarribia c/ Mcal. López16. Edificio Barthe.- Mcal Estigarribia
e/ Cap. Molas y Gamarra17. Molino Harinero San José - Avda. Mcal. López18. Depósitos de JORGE BOLF S.A. SECTOR C: “RESIDENCIAL”19. Casa Morel.- Gral. Artigas e/ Iturbe
y Mcal. López20. Casa Ñata Franco.- Mallorquin e/ Gamarra y Cap. Molas21. Casa Vega.- Mallorquín e/ Gamarra e
Iturbe 22. Casa Liborio Bertoni.- Gamarra c/ Gral.
Artigas23. Casa Zucolillo.- Mcal. López y Gral.
Artigas24. Casa Engel.- Mcal. López y Gral
Artigas25. Casa Perdomo.- Gamarra y Carlos A.
López26. Casa Stenico.- Mallorquin e/ Gamarra
y Molas27. Casa Nischke.- Carlos A. López e/
Mcal. López e Iturbe28. Casa Bacigalupo.- Iturbe e/ Gral. Artigas y Mallorquin29. Casa Bado (Panaderia).- Mcal. Estigarribia
e/ Mcal. López y Cptan. Caballero30. Casa Villa Zucolillo.- Gral. Artigas e/ Mcal López y Cptan.
Caballero31. Casa Jiménez.- Gral. Artigas e/ Mcal. López y Cap. Caballero.32. Casa Silvero (Pareadas) Al lado Bomberos
Voluntarios – Mcal. López e/Carlos A. López y Mcal. Estigarribia.33. Casa Flia Batilana – Avda. Mcal. López.34. Cine Royal – Mcal. Estigarribia e/ Iturbe
y Gamarra35. Teatro San Martín – Mcal. _Estigarribia e/ Iturbe y Gamarra.36. Depósitos sobre Mcal. López.37. Casa Flaminio Benitez.38. Club de Leones – Carlos A. López e/ Mcal.
López e Iturbe.39. Casa Clerissi Mcal. Estigarrribia y Plazoleta San Roque. SECTOR D: “FERROCARIL” 40. Estación del Ferrocarril41. Chimenea de la Fabril 42. Silo del M.A.G. sobre Avda. Mcal. López43. Estación de Ferrocarril de Pacu cua (Ferri
Boat) SECTOR E: “EQUIPAMIENTOS
BASICOS” SEGURIDAD44. Gobernación de Itapúa 45. Penitenciaria Nacional46. Base Naval de Encarnación EDUCACION47. Hogar Santa Maria RECREACION48. Cine Ideal – Mcal. López c/ Carlos
A. López49. Cine Imperial Mcal. López c/ Gral. Artigas50. Club 22 de Septiembre SALUD51. I.P.S. Iturbe y Mallorquín RELIGION52. Capilla de Huérfanos Gral. Artigas c/
Mcal. López HOTELERIA53. Hotel Central – Mcal. López c/ Carlos A.
López54. Hotel España – Gral Artigas y Cap.
Caballero55. Hotel Oda – Gral Artigas e/ Iturbe SECTOR
F: “SITIOS” 56. Muelle Viejo57. Muelle atracadero de Lanchas58. Plazoleta Beato Roque González59. Plazoleta del Soldado Paraguayo Que, a fin de poder cumplir con el
objetivo señalado precedentemente, se dispone que la Entidad Binacional
Yacyretá deberá realizar las propuestas de trabajos contenidas en la presente
Ordenanza, debiendo en consecuencia notificar en forma fehaciente a la
Municipalidad de Encarnación, la fecha en que los sitios y edificios contenidos
en la presente, serán expropiados, para que los técnicos del Municipio realicen
las tareas de control y
fiscalización.-------------------------------------------------------------------------------------------Que,
para la realización de los trabajos de Control y Fiscalización la Municipalidad
de Encarnación contará con el Plazo de sesenta días, posteriores a la fecha de
la Notificación fehaciente por parte de la Entidad Binacional Yacyretá, de la
Expropiación de los Edificios y Sitios enumerados en la presente
Ordenanza.----------------------------------------Que, los trabajos que deberá
realizar la Entidad Binacional Yacyretá para la demolición de los Edificios y
Sitios son los siguientes: Marco Referencial: Determinación de la afectación del
Patrimonio Urbano/Arquitectónico, Arqueológico e Histórico Cultural, para su
investigación, rescate y puesta en valor, por la zona de Afectación de la
Entidad Binacional Yacyretá a Cota 84 msnm en la ciudad de Encarnación - Itapúa
República del
Paraguay.----------------------------------------------------------- Antecedentes: La afectación se da en
una región con asentamientos Precolombinos, luego zona de Conquista Espiritual
y asiento de las Reducciones de la Compañía de Jesús, periodo Colonial y
transcurso en el tiempo (Ferrocarril, uso del río etc.), similar a otras
regiones latinoamericanas y finalmente asentamientos en otros grupos
migratorios que determinan una fuerte peculiaridad de la
región.--------------------Esquema del
Plan: A) Marco Urbano Territorial
a.-
Antecedentes
b.- Soporte Físico
c.- Soporte Socio Económico B) Áreas (Urbano – Rural)
a.- Patrimonio Histórico
Cultural
b.- Patrimonio Arqueológico
c.- Patrimonio Urbano – Arqueológico C) Relevamiento D) Análisis E) Diagnostico
.F) Propuestas PATRIMONIO
HISTÓRICO CULTURAL: La reestructuración de una ciudad y/o región es ante
todo una tarea humanística y como tal debe partir del respeto y reconocimiento
de la cultura local; teniendo como fin la identificación del hombre en
comunidad.------------------------------------------------------------------El
reconocimiento de todo lo producido hasta el momento por el hombre en su medio
nos ayudará a definir a través de estos elementos, la identidad cultural en
peligro.-- Propuesta: Inventario,
Relevamiento y el estudio del conjunto de bienes tangibles e intangibles
existentes por haberlos recibido como legado y que incluyen todas las
expresiones culturales propias y adquiridas desde las raíces indígenas, las
reducciones Jesuíticas, los diferentes asentamientos humanos hasta los aportes
culturales de los grupos migratorios. PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO: Cuando se produce la destrucción del
patrimonio, se está destruyendo el mismo tiempo, las bases de la identidad de
una región y su cualidad ambiental particular.-----------La renovación que se
cuestiona no es aquella necesaria para mantener la vitalidad de la ciudad, sino
la que eliminará de raíz lo preexistente, que poco dejará del Patrimonio
producido por las generaciones anteriores, corriendo el riesgo de una identidad
de ciudad recién nacida.-----------------------------------------------------------------------------------------------------Propuesta: Determinación del perfil
arqueológico de la región fundamentado en la extensa y variada característica
de la misma.--------------------------------------------------------------------------
Inventario y registro de los testimonios arqueológicos y objetos de interés
artísticos e
históricos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO La
identidad de un medio urbano está determinada por la imbricación entre lo nuevo
y lo antiguo, y es un Patrimonio producto de la acción de sucesivas
generaciones cumpliendo una función culturalizadora de transición de los
valores sociales que cada generación integra superponiéndole los
propios.--------------------------------------------------------La población
reconoce así la cultura de la cual forma parte. Todo cambio debe tender a la
renovación, preservación y consolidación de la identidad humana.-----------------Propuesta: Inventario y Relevamiento
de toda la zona afectada por el Embalse.---------------------Sistematización de
la información a través de archivos; documentación trama urbana y
arquitectónica: fotografías, filmaciones, grabaciones sonoras,
micreocrips, Películas Cinematográficas, planos, materiales cartográficos
y documentos legibles.--------Relevamiento puntual de Edificios, Elementos y
Sitios de interés históricos con valoraciones urbanas/ arquitectónicos,
paisajísticos/ ambiental e histórico/cultural.-----------Los trabajos
mencionados anteriormente serán necesarios para la concreción del soporte
histórico del territorio y la evolución de la ciudad de Encarnación, como
también proporcionará las Bases y Directrices para el desarrollo de los
programas planteados a continuación en una etapa
posterior.-------------------------------------------------PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL: Constitución
de un Archivo Histórico Cultural, plenamente justificado por la transformación
que afecta de pleno a la Memoria Colectiva de un pueblo. Planteo de Museo tipo
“Máquina del tiempo”, de interés Didáctico y Turístico. PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO: Planteo de Museo: Con
el producto de las exploraciones y excavaciones arqueológicas de la zona
afectada terrestres y subacuaticos de los objetos antiguos como instrumentos,
alfarería, inscripciones, joyas monedas, sellos, armas y restos funerarios y
todo elemento que conforme el legado cultural e histórico de la
región.--------------------------Implementación de la protección de los bienes
culturales a través de la “Prevención de Riesgos” y de “Cobertura de los
Riesgos” y mecanismos en la relación Museo/Propietarios
Particulares.-----------------------------------------------------------------------------Preservación
y puesta en valor de los Testimonios Arqueológicos inamovibles en su extensión
en zona no afectada y el patrimonio subacuatico a partir de la
afectación.-----Implementación de aspectos y sistema Legal para la
Preservación.---------------------- PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO Sistematización de la Información a
través de Archivos: documentación, trama urbana y arquitectónica,
fotografías, filmaciones, planos, microfilms, materiales
cartográficos, películas cinematográficas, grabaciones sonoras y documentales
legibles. Museo Viviente: a
partir de los bienes procedentes del desmembramiento de los edificios y sitios
de interés (correo, Aduana, Casas y viviendas etc.)Planteo Físico a Escala
reducida en la ciudad y su afectación.· Maqueta al Aire Libre (de recorrido
interno y externo).·
Maqueta cubierta (de
visualización general)·
Maqueta recorrido del
Ferrocarril y uso del río.·
Maqueta puntual (de
visualización y estudio)·
Maqueta virtual. Preservación
y puesta en valor de Edificios considerados hitos históricos, imprescindibles
para la memoria colectiva.·
Estación del Ferrocarril·
Zona Edificios
sobrevivientes a Cota de inundación. Planteo de un Museo Escenográfico
convenientemente montado con fines Pedagógicos y Turísticos. Planteo Museo del
Agua en el Río Paraná – visión retrospectiva y actual, complementada con
Patrimonio Subacuatico.
Que, el Art. 81 de la Constitución Nacional: Del Patrimonio Cultural establece: Se arbitrarán los medios
necesarios para la conservación y la restauración de los objetos, documentos y
espacios de valor histórico, arqueológico, paleontológico, artístico o
científico, así como de sus respectivos entornos físicos, que hacen parte del
Patrimonio Cultural de la
Nación.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Que, el Estado definirá y registrará aquellos que se encuentren en el país, en
su caso, gestionará la recuperación de los que se hallen en el extranjero. Los
organismos competentes se encargarán de la salvaguarda y del rescate de las
diversas expresiones de la cultura oral y de la memoria colectiva de la Nación,
cooperando con los particulares que persigan el mismo objetivo. Quedan
prohibidos el uso inapropiado y el empleo desnaturalizante de dichos bienes, su
destrucción su alteración dolosa, la remoción de sus lugares originarios y su
enajenación con fines de exportación.------ Que, a los efectos de establecer
una reglamentación al presente articulo de la Constitución Nacional, se puede
tomar como guía la Ley Nº 946 “De
Protección de los Bienes Culturales”, donde se fija una serie de
condiciones al
respecto.-------------------
Que el Art. 18 inc. h de la Ley 1294/87 “Orgánica Municipal” preceptúa: “Son
funciones Municipales… h) La cooperación para la Conservación de los
Monumentos Históricos, de las obras de Arte y demás Bienes
Culturales”.----------------------------------------
Que, el Art. 43 inc. “c” de la misma Ley dispone: “Es competencia de la Junta
Municipal, en cuanto a Educación, Cultura, Deportes y Turismo….. c) Adoptar
medidas para la adecuada conservación de sitios y monumentos históricos y
apoyar toda iniciativa pública o privada en esta
materia”.--------------------------------------------------------------------------
Que,
asimismo se encuentra vigente la Ordenanza Municipal Nº 38/2003, “POR LA CUAL
SE DECLARA COMO MONUMENTO HISTORICO, MONUMENTO A LAS VICTIMAS DEL CICLON DEL 20
DE SEPTIEMBRE DE 1926, MONUMENTO NATURAL HISTORICO Y PATRIMONIO CULTURAL DE LA
CIUDAD DE ENCARNACION, a edificios y sitios comunitarios existentes en esta
ciudad”.---------------------------------------------
Que girado para estudio de las Comisiones de Legislación; de Obras Públicas y
Servicios; y de Planificación Física y Urbanística, éstas en su Dictamen No.
25/2007 expresan: “Que, habiendo realizado el estudio de contenido del Proyecto
de Ordenanza presentado, como asimismo de las legislaciones vigentes, han
considerado que el mismo se encuadra dentro de las atribuciones que la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, la LEY Nº 946 “DE PROTECCION DE LOS BIENES
CULTURALES” y en especial la Ley No. 1294/87 “Orgánica Municipal” otorga al
Municipio, para establecer una reglamentación al respecto.- En consecuencia,
luego de intercambiar opiniones con el proyectista y un grupo de profesionales
Arquitectos de la ciudad de Encarnación, se ha llegado a la conclusión sobre la
urgente necesidad de aprobar este proyecto y sancionar la Ordenanza pertinente,
teniendo en cuenta la importancia que tiene esta propuesta, no solamente para
la presente generación sino también para futuras
generaciones”.---------------------------
Que, la Plenaria de la Junta Municipal luego de oír el Dictamen de las
Comisiones mencionadas, y de efectuar el estudio en general y en particular del
Proyecto de referencia, por unanimidad de votos de sus miembros, aprobó el
mismo.--------------------POR TANTO: LA
JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ENCARNACION reunida en concejo:
O R D E N A:
ART. 1º) ESTABLECER el área de afectación del embalse de la represa de
Yacyreta, como zona donde se encuentran Edificios, Elementos y Sitios que forman
parte del Patrimonio Histórico Cultural y Natural de la ciudad de Encarnación
ART. 2º) ESTABLECER políticas de
rescate y conservación de Edificios, Sitios y/o Elementos Arqueológicos, Arquitectónicos, Históricos y otros correspon-dientes al
Patrimonio Cultural de la ciudad de Encarnación situados dentro del área
establecida en el Art.1º, Edificios, Elementos y Sitios correspon-dientes al
Patrimonio Cultural y Natural de la ciudad de Encarnación.-----------
ART. 3º) ESTABLECER que para la modificación o demolición de los
Edificios, Elementos y/o Sitios considerados Patrimonio de la ciudad de
Encarnación que se encuentran dentro del área establecida en el Art. 1º, se
deberá contar con autorización expresa de la municipalidad de Encarnación para
el correspondiente control y fiscalización del exordio de la presente
ordenanza, la cual tendrá 60(sesenta) días para expedirse.----------------------------
ART. 4º) AUTORIZAR al Intendente Municipal a conformar un equipo técnico
de --profesionales independientes a la municipalidad, para realizar los
trabajos de Inventario y Relevamiento del Patrimonio Histórico, Natural y/o
Sitios del área de Afectación, como así también establecer la factibilidad de
Conservación de los mismos y la Recuperación de Elementos del Patrimonio
Histórico desaparecidos, debiendo el mismo elevar un informe definitivo dentro
de los 90(noventa) días de su
conformación.----------------------------------
ART. 5º) AUTORIZAR al Intendente Municipal a realizar las acciones con
la Entidad Binacional Yacyretá para materializar la propuesta mencionada en la
presente
Ordenanza.------------------------------------------------------------------------------------------------------- ART. 6º) COMUNICAR a la
Intendencia Municipal, para los fines consiguientes.-------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ENCARNACIÓN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Don JUAN LUIS REGIS GONZÁLEZ Lic. WALTER E. HARMS CESPEDES
Secretario de la Junta Municipal Presidente
de la Junta Municipal
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